lunes, 26 de marzo de 2012

La Comisión Europea quiere prohibir determinadas modificaciones en motocicletas


FEMA y AMM se oponen a esta medida.

La norma propuesta por la Comisión Europea para la aprobación y vigilancia del mercado de vehículos de dos y tres ruedas y cuadriciclos 2010/0271 (COD), incluye un artículo “anti-modificación” del sistema de propulsión (artículo 18). El sistema de propulsión incluye desde el motor hasta los neumáticos, pasando por el sistema de transmisión.

La propuesta de la Comisión se basa en que ningún usuario pueda modificar el sistema de propulsión de un vehículo de dos ruedas si esta modificación afecta a la categoría inicial en la que entró en servicio el vehículo. Los motivos que da la comisión para esta propuesta están relacionados con la seguridad vial y con el medioambiente. Sin embargo, las estadísticas de accidentes en Europa no indican que las modificaciones del sistema de propulsión hayan sido responsables de dichos accidentes. El estudio MAIDS indica que sólo el 0,7% de los accidentes ocurridos fueron atribuidos al estado técnico del vehículo. Esta proporción es demasiado pequeña para poder distinguir entre los que han sido causados por fallos técnicos y los que han podido ser causados por modificaciones. En cuanto a los motivos medioambientales, no hay ningún estudio que relacione las modificaciones en el sistema de propulsión y un incremento de efectos negativos en el medioambiente. Por tanto, desde la Federación Europea de Asociaciones de Motoristas (FEMA) y la Asociación Mutua Motera (AMM) se cree que este artículo se basa solamente en el prejuicio de que “los motoristas modifican sus motocicletas con fines ilegales”.

FEMA y AMM están en contra de este artículo ya que vulnera el derecho del usuario de realizar modificaciones en su vehículo de dos ruedas con objeto de mejorar el confort y adaptarlo a sus necesidades de conducción. Cabe destacar que desde FEMA y la AMM no se pretende justificar modificaciones ilegales de vehículos de dos ruedas. Toda modificación debe de ser verificada y aprobada por la autoridad nacional competente, y por tanto se debe comprobar que esa modificación no implica un riesgo para la seguridad vial o para el medioambiente. Lo que FEMA y AMM no comparten con la Comisión es que un usuario no pueda modificar el sistema de propulsión de su vehículo de dos ruedas si dicha modificación no implica un riesgo para la seguridad vial ni para el medioambiente.

Por tanto, FEMA y la AMM están a favor de que un usuario pueda modificar el sistema de propulsión de su vehículo siempre y cuando dicha modificación cumpla con la normativa vigente en cuanto a seguridad vial y medioambiente.

1- Estudio en profundidad de accidentes de motocicletas, cofinanciado por la Comisión Europea

Departamento Internacional AMM

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